miércoles, septiembre 08, 2010

Los jubilados que cobren menos de 639€ no pagan cuota de teléfono

Tras una modificación de la que se han cuidado de no informar a nadie, desde julio de este año se ha elevado el importe por debajo del cual los hogares con jubilados que cobren una pensión que no supere el umbral tienen derecho a solicitar para su teléfono fijo el abono social de Telefónica Movistar. Este programa consiste en descontar un 95% del importe de la cuota de abono, pasando de 13,97€ mensuales a 0,70€. La condición para ello es ser perceptor de una pensión de 14 pagas inferior a 639,01€, o lo equivalente los próximos años al 120% del IPREM.

Para acogerse el primer paso es contactar con la compañía para que remitan al interesado una carta resumen y una plantilla que hay que devolver firmada, junto con la documentacón con la que Telefónica comprueba el cumplimiento de los requisitos de renta, al fax 901 503 700 o por correo ordinario. Así en un par de semanas la operadora contestará mediante carta con la aceptación de la solicitud o exponiendo los motivos de rechazo. Disponiendo de un certificado digital de la FNMT o del DNI electrónico con lector de tarjetas, es posible obtener la práctica totalidad de los documentos necesarios en unos minutos sin moverse de casa.


1. Plantilla
Se solicita a través del 1004 o en abonosocial@telefonica.es y el titular solo debe de firmarla, además de cumplimentar campos tales, como si Telefónica los desconociese, el número de teléfono o la cuenta bancaria.

2. Volante de empadronamiento
Es el documento emitido por el ayuntamiento donde se certifica el domicilio del solicitante y que tiene que coincidir con la dirección y titularidad del teléfono. La peculiaridad es que tiene que constar expresamente el número de personas que residen en la vivienda, o en su defecto añadirse al pie la nota "no existen más inscripciones en la hoja padronal". Un documento con estas características a veces es denominado como volante de convivencia o volante familiar y algunos ayuntamientos permiten obtenerlo inmediatamente por internet.

3. Fotocopia del DNI

4. Acreditación de ingresos del año en curso
Para los perceptores de una pensión contributiva con más de 65 años se exige la notificación de revalorización y paga única de pensiones, que es la conocida carta que la Seguridad Social envía a comienzos de año, o el certificado de pensión mensual que es generable inmediatamente desde la web.

5. Certificado de imputaciones de IRPF
Este documento, que no es la declaración de la renta, es un certificado que emite la delegación de la Agencia Tributaria en la ciudad y que acredita la presentacion del IRPF. Por la particularidad de que no es emitido por el organismo central, el procedimiento en la web consiste en solicitar el certificado y 24 horas despues recoger el documento generado. Corresponde pedir el último ejercicio fiscal (año en el que se ha presentado la última declaración menos uno) y legalmente esta emisión puede demorarse hasta un máximo de 20 días.

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